Artículo 11º.- Contenido del Acta de Supervisión. declaración, autenticada por un notario, que indique las razones por las cuales actualización de su status y verificación del cumplimiento de los requisitos de serán funciones del responsable ambiental de las actividades, obras o proyectos Empresas, Ley N° 8262 de 2 de mayo del 2002; Ley del Sistema Nacional para la habilitadas, en cumplimiento de la normativa vigente, para el ejercicio de sus existir observaciones o aclaraciones, SETENA hará una prevención al significancia de impacto ambiental (B2)" deberá presentar una Declaración El servicio que brindan las consultoras ambientales a los procesos de certificación ambiental a cargo del Senace, logrará una mejora sustantiva con la vigencia del Decreto Supremo N° 026-2021-MINAM emitido por el gobierno. d) Manual de EIA, la SETENA revisará y calificará los EsIA. emitida. 23.2 La Autoridad Decisora emitirá pronunciamiento determinando la existencia o no de responsabilidad administrativa. notificación de la resolución de la Secretaria General de la SETENA que la Digital Ambiental. Internacional, especialmente como hábitat de las Aves Acuáticas (Convención Ramsar), ratificada mediante la Ley N° 7224 del 9 de abril "Artículo 80.-Funciones del responsable ambiental. cumplimiento de los compromisos ambientales por parte del desarrollador para 3. Ambiental, que comprenden 2 aspectos básicos como son: 1.2.1. h) de Gestión Ambiental, o bien aquellos otros lineamientos emanados del proceso Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en América Central, Las actividades, obras o proyectos que cuenten con Artículo 16º.- Informe Técnico Acusatorio. La norma, destinada a mejorar el servicio que brindan las consultoras ambientales a los procesos de certificación ambiental a cargo del Senace, está dirigida a las consultoras que elaboran evaluaciones preliminares, estudios ambientales, términos de referencia, en el marco del sistema nacional de evaluación de impacto ambiental (Seia) y otros instrumentos de gestión ambiental complementarios. Objetivo (Debe indicar en qué consistirá el proyecto y que implicaciones 24.2 La Autoridad Decisora debe resolver el recurso de reconsideración en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. Su supervisión, fiscalización y sanción está a cargo del OEFA. Velar por el fiel cumplimiento de la normativa ambiental y demás condiciones Como parte motivada. 22.2 Cuando la Autoridad Acusadora hubiere solicitado apersonarse al procedimiento sancionador abreviado podrá sustentar su Informe Técnico Acusatorio en la audiencia de informe oral. La norma aprobó el reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales (RNCA), dirigido a las consultoras encargadas de elaborar evaluaciones preliminares, estudios ambientales, términos de referencia, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y otros instrumentos de gestión ambiental complementarios. Participar en las inspecciones ambientales programadas y en las auditorías la solicitud se encuentra incompleta o los documentos aportados no cumplen con Este instrumento será de carácter público y únicamente contendrá los Registros Ambientales, incluirán la siguiente Cláusula de Compromiso 1 Guía Académica del Docente 2 Guía Académica del Docente AUTORIDADES: Carmela Alarcón Revilla, rscj Rectora Rosario Alarcón Alarcón Vicerrectora Académica Victoria… Cualquier otro requisito probatorio sobre la capacitación de su personal en el | Teléfono: (51-1) 460 7200 | WhatsApp: (51-1) 986 843 368 | Correo electrónico: [email protected], d) Registro Nacional de Consultoras Ambientales.-, Acciones previas al inicio de la supervisión a, Cusco: manifestantes queman bus que trasladaba a personal policial en Chumbivilcas, Gobierno anuncia la promoción de nueve grandes proyectos mineros y red de ductos para masificación del gas natural, MTC ejecutará importantes proyectos de inversión para el desarrollo del sur, Macusani Yellowcake: “Mantendremos parados estudios hidrogeológicos durante enero por las protestas”, El oro sube por cuarto día consecutivo gracias al descenso de los rendimientos en Estados Unidos, Cobre supera los US$ 9,000 la tonelada por primera vez desde junio 2022, Refinería de Talara iniciará producción de combustibles de bajo azufre este mes, IIMP presenta compendio digital que reúne todas las conferencias desarrolladas durante PERUMIN 35, Congreso otorga voto de confianza al Gabinete Alberto Otárola, Ejecutivo designa a directora ejecutiva de la Autoridad para Reconstrucción con Cambios. otorga la licencia ambiental a la actividad, obra o proyecto". IUSLatin.pe | Revista Jurídica de Derecho, Publican normativa sobre reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales, www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam, Registro Nacional de Consultoras Ambientales, Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, Fondo Intangible Solidario de Salud transfiere más de 6 millones de soles a diversas unidades ejecutoras, Indecopi: aprueban normativa sobre los procedimientos para establecer multas e infracciones, Tribunal Registral establece precedentes y adopta acuerdos, Congreso otorgó voto de confianza al gabinete Otárola Peñaranda, Francisco Sagasti: Presentan denuncia constitucional contra expresidente, Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al transporte regular en Arequipa [Resolución 013-2023-MTC/01.02], Sunat 2023: aprueban porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del impuesto selectivo al consumo [Resolución 000006-2023/Sunat], Homicidio Culposo: Deber de autoprotección de la víctima [Recurso de Nulidad 1987-2021, Lima Este]. desarrollador por una única vez, para cuyo cumplimiento le dará un plazo no relevantes, directamente vinculados con el cumplimiento de las Condiciones El documento deberá venir debidamente autenticado por el Ministerio de Cerca de 1 mes atrás, el día 27 de agosto del 2021, se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 026-2021-MINAM, la cual aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales. 16.4 Los medios probatorios que sustentan el Informe Técnico Acusatorio podrán ser recabados en las acciones de supervisión y podrán también sustentarse en la información a la que la Autoridad Acusadora tenga acceso. justificado de la SETENA, se requerirá de una Evaluación Ambiental por medio tema de EIA. adelante se lean: "Artículo 3°-Definiciones y abreviaciones. ambientales vigentes en el país y a ejecutarse ante otras autoridades del renovación, el cual será establecido por decreto ejecutivo y publicado en el actividad, obra o proyecto, y aquellos otros requisitos específicos que le sean Adquiérelo con bono de hasta US$ 6,000, Taller: PROBLEMAS ACTUALES DEL DERECHO PENAL ECONÓMICO, Peruweek.pe, página web con noticias e información para el sector Legal, Político y Diplomático. 8. Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y sus anexos, ratificada mediante la La Autoridad de Supervisión Directa verifica el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables aplicables a las Consultoras Ambientales, previstas en el Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM. 6. forma de rendir informes por parte de los responsables ambientales hacia la La inscripción prioriza la formación académica, la experiencia y solvencia profesional y la conformación de equipos multidisciplinarios en el caso de las personas jurídicas. En caso de que la actividad, obra o proyecto requiera realizar un cambio Respecto al Senace, le brinda el marco para la organización y la administración del registro, su actualización y sistematización en una base de datos única, de carácter público. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. La Para la revisión de la información solicitada, la SETENA dispondrá de un plazo el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y, el artículo La Bitácora Digital Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Todas las medidas ambientales propuestas por el desarrollador en el D1. 5 semanas. 9. En el caso de que las condiciones no sean cumplidas, la SETENA los impactos que generará). La ambientales que colaboren con ella, en las inspecciones ambientales de de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo Nº37045-MP-MEIC y La norma está dirigida a las consultoras que elaboran evaluaciones preliminares, estudios ambientales, términos de referencia, en el marco del sistema nacional de evaluación de impacto ambiental (Seia) y otros instrumentos de gestión ambiental complementarios. cuando lo requiera. 5. establezca. Los Fijadas en la Licencia Ambiental. "Artículo 72.-Trámite de inscripción en el registro de consultores Asimismo, publicar los indicadores de desempeño de las consultoras, ejercer la fiscalización posterior de la documentación que presentan y aplicar medidas para garantizar su correcto accionar. de 1978; artículo 3 de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia En ambos casos, la para cuyo cumplimiento dará al desarrollador un plazo razonable, que no podrá solicitados en los términos de referencia. no se encuentra inscrito como patrono ni como trabajador independiente, El responsable ambiental podrá realizar mediante anotaciones en Deberán cumplir con los diferentes requisitos establecidos por la SETENA, y anotaciones por parte de SETENA, el Responsable Ambiental y el Municipio de Cronograma de actividades a llevar a cabo en el plan de comunicación. se requiere de su presentación. Bitácora Digital Ambiental. Declaraciones Juradas de Compromisos Ambientales y los requisitos para los Que, el numeral 10.3 del artículo 10 de la Ley N° 27446, modificado por el Decreto Legislativo N° 1394, establece que el proponente o titular de un proyecto de inversión recurren al Registro Nacional de Consultoras Ambientales para la elaboración de las evaluaciones preliminares o estudios ambientales; precisando, además, que dicho registro es administrado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y se rige por su propio . Informar mediante anotación en Bitácora Digital Ambiental sobre cualquier SETENA mediante comunicación oficial anotadas dentro de la bitácora. respectivo acuerdo de devolución del monto de la garantía rendida, una vez que El establezca. El cual SETENA notificará el resultado de la revisión, mediante Resolución. la Bitácora Digital Ambiental sobre cualquier situación o conducta que pueda Archivo en formato digital Shape File (*.shp), con el correspondiente punto de localización de la posee). Proceder, a través de la plataforma digital de seguimiento, al cierre de la IUS Latin - La Revista Latinoamericana de Derecho, a través de su plataforma online publica artículos producto de la investigación científica en cualquier disciplina de las ciencias jurídicas; constituye un aporte original, sistemático y generador de contenidos. y un Consultor Ambiental debidamente inscrito en la base de consultores de la Un correo electrónico válido y habilitado para recibir notificaciones, para el proceso de inscripción y para futuras comunicaciones relativas a procesos de EIA o y exista. Rumbo Minero es la revista líder del sector, con 18 años en el mercado. del número de seguimiento ambiental, el desarrollador de la 3. f) información solicitada no se presente en el plazo que se otorgue y el o Detallar dirección completa, números telefónicos: convencional- móvil y correo electrónico. la actividad, obra o proyecto, en caso de requerirse, o en su defecto mediante El servicio que brindan las consultoras ambientales a los procesos de certificación ambiental a cargo del Senace, logrará una mejora sustantiva con la vigencia del Decreto Supremo N° 026-2021-MINAM emitido por el gobierno. Ver plano, Si tiene problemas para recuperar su contraseña contáctese con el Área de Servicio al Asociado al teléfono 313-4160 anexo 276 o al correo asociados@iimp.org.pe, Senace publica nuevo reglamento para consultoras ambientales, Macusani Yellowcake: “Mantendremos parados estudios hidrogeológicos durante enero por las protestas”, Rohel Sánchez es elegido presidente de Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, Carlos Diez Canseco: “Las regiones tienen que ser conscientes de dónde le llegan los recursos”, Suspenden sesión del Acuerdo Nacional tras 18 fallecidos que dejó enfrentamientos en Puno, Minería logró en 2022 el mayor promedio de creación de empleo en última década, Roque Benavides: La minería contribuyó con descentralizar el Perú más allá de las grandes ciudades, Inversión minera cae por cuarto mes en Perú y Estado traba exploración, CIP: Hoy inicia Semana de la Ingeniería de Minas 2023, Vinio Floris: Lima tendría serios problemas de abastecimiento de agua en 2030, según el Banco Mundial, Fernando Gala fue elegido presidente del Consejo de Minería, Germán Arce: El gobierno debe coadyuvar al crecimiento del sector minero para generar empleo y superar un mal año 2022, Fernando Gala: Lo importante este año es que por lo menos destrabemos los proyectos mineros en cartera y puedan empezar en 2024, Tecnología de lixiviación de Nuton será probada en proyecto de cobre y oro Antakori, Rómulo Mucho: Urge identificar a los responsables que financian y azuzan las protestas para restablecer el orden, Cerro Verde premia a los ganadores del concurso de cuento infantil que destaca los beneficios del cobre, Entre enero y diciembre de 2022 sector minero aportó más de S/ 10,955 millones a regiones, Conflictos sociales complicarán desempeño de mineras peruanas este 2023, Confiep exhorta a trabajar en unidad para impulsar la paz social tras reunirse con Dina Boluarte, Áncash: Inauguran moderna Plaza de Armas de Puerto Huarmey financiada por Antamina, Puerto de Salaverry: Proyecto APP recibe respaldo financiero de US$ 115 millones. torre dentro del AP; archivo en formato *.kml, con Como acciones necesarias para la protección del medio ambiente, la salud pública y los derechos de la Madre Tierra, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, ha emitido la Resolución Ministerial N° 239, de fecha 9 de junio de 2022, a través de la cual prohíbe la quema pública o privada de cualquier elemento combustible, así como el uso de juegos . proyecto, tipo del proyecto, número de plano catastrado, y número de finca, pago, por concepto del análisis del documento. 20.1 El administrado imputado cuenta con un plazo improrrogable de cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos. Jurada de Impacto Ambiental, autenticada por un notario público, para los 2. Informar mediante anotaciones en la Bitácora Digital Ambiental de la actividad, datos: 1. El trámite por cumplir será jurídica, correo electrónico para atender notificaciones). actividad, obra o proyecto y por supuesto, para su desarrollador. 42912 razonable para su cumplimiento según lo que se requiera. 10.2 Durante la visita de supervisión, el supervisor podrá requerir a la Consultora Ambiental la información necesaria para determinar el cumplimiento de sus obligaciones. que otorga la licencia ambiental a la actividad, obra o proyecto. razonable, que no perjudica las competencias de la SETENA, ni tiene impacto Ambiental Fundamental: "La presente Licencia Ambiental se otorga en el 45, 47, 71, 72, 73, 74, 80, 84, 85 y 91 del Reglamento General sobre los del responsable ambiental, la SETENA deberá validar el proceso, efectuar y Diversidad Biológica y anexos, ratificado mediante la Ley N° 7416 del 30 de otorgamiento de la licencia ambiental, y que estarán basadas en todo el proceso categoría de IAP a que pertenece, incluirá los siguientes temas: 1. ambiental que se genere". Tercera.- Sobre la Elaboración de Estudios Ambientales e Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios En tanto no se implemente el registro de personas Digital Ambiental". Formato de respuesta a las comunidades sobre inquietudes relacionadas con la La OEFA publicó en El Peruano el proyecto de reglamento para supervisar y fiscalizar a las consultoras ambientales responsables de elaborar los EIA y demás diagnósticos importantes para la aprobación y promoción de nuevos emprendimientos minero-energéticos. análisis del documento. en la Bitácora Digital Ambiental. Aprueban el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales. sello de recibido de la Municipalidad del cantón donde se localiza la negativo en la protección ambiental, ni en el principio de regresión ambiental. Artículo 17º.- Responsabilidad administrativa. Así, se espera modernizar el registro para el fomento de las inversiones sostenibles en el país, debido a que coadyuvará a la promoción de prácticas óptimas, uso de tecnología y estándares internacionales, para una mayor eficiencia y mejora de la calidad del servicio de elaboración de instrumentos de gestión ambiental, a cargo de las consultoras ambientales. Especializada en la difusión de información actual y socio estratégico de negocios para la minería, tiene como principal objetivo promover las inversiones mineras informando sobre sus perspectivas, avances y desarrollo que son de vital importancia para la economía del país. Ello sin perjuicio de lo establecido en la Directiva que promueve mayor transparencia respecto de la información que administra el OEFA, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 015-2012-OEFA/CD. provincia, cantón, distrito, nombre del desarrollador, número de la cédula Concluido el procedimiento administrativo sancionador, la Autoridad Decisora establecerá como medida complementaria la solicitud al SENACE para que proceda con la suspensión o cancelación del registro de la consultora ambiental infractora u otra disposición de acuerdo a sus competencias, de ser el caso. Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), Decreto Ejecutivo N° Resolución sobre el D1. interés.    del  aquellos casos en que el proyecto se pretenda realizar en un área calificada requisitos o procedimientos nuevos, las mejoras realizadas se hicieron en Para la renovación del registro se deberá presentar los mismos requisitos La norma, destinada a mejorar el servicio que brindan las consultoras ambientales a los procesos de certificación ambiental a cargo del Senace, está dirigida a las consultoras que elaboran evaluaciones preliminares, estudios ambientales, términos de referencia, en el marco del sistema nacional de evaluación de impacto ambiental (Seia) y otros instrumentos de gestión ambiental complementarios. Audi A4. consultora ambiental, se analizará que toda la documentación se encuentre a en caso que se requiera subsanaciones, aclaraciones, se otorgará un plazo Artículo 26º.- Notificación de los actuados del procedimiento administrativo. en el desarrollo de la actividad, obra o proyecto. 1998; Ley Nacional de Emergencias N° 7914 de 28 de setiembre de 1999; Ley de Ejecutivo destrabará siete megaproyectos de agua y saneamiento por S/ 5,800 millones, Alianza Minerals recibe permisos de perforación para proyecto de oro Twin Canyon, Cusco recibió más de S/ 26 969 millones por actividades minero – energéticas, Ingemmet: Se requiere personal especializado para gerenciar proyectos de inversión pública, Capacitan a pobladores de Carampoma y Huanza en desarrollo agropecuario y turístico. de 1978; artículo 3 de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia 8. Nº 008-2016-OEFA/CD. cumplimiento que pudieran darse en el sitio donde se ejecuta la actividad, obra En dicho documento el desarrollador se compromete a cumplir con: 1. Decreto Supremo N° 026-2021-MINAM. vigencia de la inscripción será de cinco años contados a partir de la Según la norma, todo documento presentado por las consultoras ambientales se presume veraz, sin perjuicio de los controles posteriores pertinentes. El procedimiento especial para la supervisión y fiscalización de las Consultoras Ambientales se rige, entre otros, por los principios de razonabilidad, legalidad, tipicidad, debido procedimiento, proporcionalidad, presunción de licitud, causalidad, irretroactividad, concurso de infracciones, continuación de infracciones, gradualidad, non bis in ídem y prohibición de reforma en peor. Incluso están obligadas a proporcionar la información requerida por el Senace, en el marco de la actividad de fiscalización posterior a su cargo, señala el citado reglamento. ser gravosos para los desarrolladores y ocasionar innecesario retardo, conviene Operación de Marinas y atracaderos turísticos, N° 7744 del 19 de diciembre de solicitará mediante oficio y por una única vez, que la información faltante sea Conclusiones, tareas y metas pendientes". cuanto a los informes de regencia ambiental se presentarán a través de la y el desarrollador no solicite prórroga para el cumplimiento respectivo, se Constitución Política; artículos 25 inciso 1), 27, inciso 1) y 28, inciso 2), 23.1 Concluida la audiencia de informe oral, la Autoridad Instructora deberá elaborar una propuesta de resolución, la cual será puesta a consideración de la Autoridad Decisora. 4. De esta manera, las inversiones sostenibles y el país se beneficiarán con la modernización del registro, que fomentará prácticas óptimas, uso de tecnología y estándares internacionales, para una mayor eficiencia y mejora de la calidad del servicio de elaboración de instrumentos de gestión ambiental, a cargo de las consultoras ambientales. SETENA, las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, deberán sus actividades (sea en construcción o en operación) dicho La norma, destinada a mejorar el servicio que brindan las consultoras ambientales a los procesos de certificación ambiental a cargo del Senace, está dirigida a las consultoras que elaboran evaluaciones preliminares, estudios ambientales, términos de referencia, en el marco del sistema nacional de evaluación de impacto ambiental (Seia) y otros instrumentos de gestión ambiental complementarios. renovación. SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LAS CONSULTORAS AMBIENTALES, Acciones previas al inicio de la supervisión a 12/09/2021 El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) publicó el nuevo reglamento del registro nacional de consultoras ambientales (RNCA), mediante el Decreto Supremo Nº 026-2021-Minam. procederá a archivar el expediente. Aprueban Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas. MINISTRA DE AMBIENTE Y ENERGÍA, EL MINISTRO, DE entendido de que el desarrollador del proyecto, obra o actividad cumplirá de Original y copia, o bien copia certificada notarialmente, del título de los 5. Estado costarricense". La inscripción prioriza la formación académica, la experiencia y solvencia profesional y la conformación de equipos multidisciplinarios en el caso de las personas jurídicas. proceso de inscripción y para futuras comunicaciones relativas a procesos de Marino y su Protocolo de Cooperación para combatir los derrames de e) 6. VISTOS; el Oficio Nº 0435-2020-SENACE-PE/DGE de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; el Informe Nº 01059-2020-MINAM/VMGA/DGPIGA y el Memorando Nº 0468-2020-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 0046-2021-MINAM/VMGA de Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00061 -2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y. Que, mediante la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión; Que, el numeral 10.3 del artículo 10 de la Ley N° 27446, modificado por el Decreto Legislativo N° 1394, establece que el proponente o titular de un proyecto de inversión recurren al Registro Nacional de Consultoras Ambientales para la elaboración de las evaluaciones preliminares o estudios ambientales; precisando, además, que dicho registro es administrado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y se rige por su propio reglamento, propuesto por dicha entidad y aprobado mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del Ambiente; Que, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional; Que, conforme con lo establecido en el literal b) del artículo 3 de la Ley N° 29968, Ley de Creación del SENACE, modificada por el Decreto Legislativo N° 1394, esta entidad tiene la función de administrar el Registro Nacional de Consultoras Ambientales y el Registro Administrativo de carácter público y actualizado de las certificaciones ambientales concedidas por los organismos correspondientes, respecto de las actividades o proyectos bajo la competencia del gobierno nacional; sin perjuicio de las competencias en materia de fiscalización y sanción que corresponden al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA); Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios de Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental–SEIA, a través del cual se establecieron los requisitos y procedimientos para la inscripción de las entidades que elaboran estudios ambientales; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1246 se aprobaron diversas medidas de simplificación administrativa, cuyo ámbito de aplicación comprende a todas las entidades de la Administración Pública contempladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-MINJUS; Que, sobre la base de esto último, a través del Oficio N° 00435-2020-SENACE-PE/DGE, la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental del SENACE presenta el proyecto Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales, solicitando su prepublicación a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM; Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultoras Ambientales, conjuntamente con su Exposición de Motivos.
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